Pasos a seguir

1.- Contacte con nosotros a través de la dirección de correo electrónico vbr@tinet.org e infórmese sin compromiso sobre cuál sería el presupuesto  en su caso concreto, indicándonos si tiene hijos dependientes económicamente, si se va a establecer alguna pensión compensatoria o si habrá que repartir algún bien. 
 
Si está conforme con el presupuesto, solo tiene que confirmárnoslo contestando al email remitido y le enviaremos por correo electrónico un formulario personalizado. Cumpliméntelo y enviénoslo nuevamente a la dirección de correo electrónico vbr@tinet.org
 
2.- Una vez recibido, le confirmaremos la correcta recepción del mismo o nos pondremos en contacto con Usted en el caso de que sea necesario resolver alguna duda en relación con los puntos a tratar en el Convenio Regulador.  
 
3.- En unas 48h aproximadamente, le enviaremos un borrador del Convenio Regulador para su revisión, pudiendo indicarnos las modificaciones necesarias a fin de que éste acabe adaptándose a sus necesidades.
 
4.- Una vez se nos confirme que el Convenio Regulador es correcto, se les citará en el despacho de la abogada VERONICA BELEN RECIO o, si no fuera posible, en el despacho del Procurador colaborador de su localidad a fin de entregar presencialmente la documentación necesaria, firmar el Convenio Regulador y pagar los honorarios estipulados.
 
La documentación que se aportará será la siguiente;
- Certificado literal de matrimonio (a obtener en el Registro Civil)
- Certificado literal de nacimiento de hijos (a obtener en el Registro Civil)
- Copia de la Sentencia de separación (en caso de existir separación judicial previa).
- Certificado de empadronamiento en el ayuntamiento de su localidad (si se trata de una Pareja de Hecho)
 
Toda la documentación deberá estar actualizada. Deberán tener en cuenta la fecha de caducidad de tres meses desde su expedición.
 
5.- Al día siguiente de la entrega de la documentación, el Procurador se encargará de presentar la demanda en el juzgado.
 
6.- Posteriormente, el abogado les confirmará el día y la hora en que el juzgado les cite para ratificar el convenio (esto es, preguntarles si están de acuerdo con el divorcio y los términos plasmados en el Convenio Regulador).
El Procurador les acompañará en dicha ratificación, a la cual deberán comparecer ambos cónyuges en la fecha y hora indicada.
 
7.-Una vez producida la ratificación, el tiempo que se tarde en dictar Sentencia dependerá ya de las características del juzgado de cada zona y su volumen de trabajo.
 
8.- Una vez obtenida la Sentencia, se les remitirá un testimonio de la Sentencia a cada cónyuge y será el propio Juzgado quien se encargará de remitir notificación al Registro Civil para su inscripción.